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domingo, 27 de septiembre de 2009

Las primas de los banqueros(El Correo, 27.09.09)

Anatole France ironizaba acerca del majestuoso equilibrio de la ley que “prohíbe por igual a ricos y pobres dormir bajo los puentes, mendigar en las calles y robar pan”. Lo mismo de necio resuena aquel otro concepto de igualdad, a tenor del cual el arquitecto debería cobrar la nómina de la enfermera, quien a su vez debería ser pagada como su doctor.

Hace ya años que la discriminación inteligente motiva los resultados a través de la recompensa. El problema surge cuando las remuneraciones y sus complementos no solo son desmesurados sino que contribuyen significativamente al estallido de la crisis que padecemos. Al malestar le sucede el escándalo al comprobarse que entidades en rescate, financiadas con fondos de los contribuyentes, perseveraban en dichas prácticas abusivas. Las primas se han convertido en el mascarón de proa del inventario de desmanes del vigente modelo financiero.

Un gran número de gobiernos está considerando seriamente marcar las líneas de juego de las estructuras de compensación de estas firmas. Algunos ya las han aplicado a los bancos acogidos a ayudas de emergencia. El Comité de Basilea lo ha recomendado categóricamente. El G-20 lo destaca en su agenda.

Pero es indispensable diferenciar entre dos fuentes de inquietud relativas a las retribuciones excepcionales de las compañías financieras.

La primera surge desde la perspectiva del accionista. El fiscal general de Nueva York, Andrew Como, ha desvelado que nueve grandes bancos USA pagaron a sus empleados entre 2003 y 2008 mas de 600 millardos de dólares en primas, periodo en que la capitalización de dichas entidades declinó notoriamente. Estos pagos deberían motivar la reacción de los accionistas dado que las estructuras de incentivos no solo no se adecuan a sus intereses sino que los lesionan.

Así lo entendió en nuestro país la acusación particular, un grupo de accionistas, al emprender acciones legales en abril de 2004 contra el presidente de un gran banco español y dos de sus directivos dimisionarios en relación con las indemnizaciones por valor de 56 y 108 millones de euros cobrados por estos últimos “en reconocimiento a su extraordinaria labor”. Una acción comercial de autoinmolación muy valorada entonces en el seno de la entidad.

En similar línea se inscribe la reciente iniciativa legal emprendida contra Bank of América. Al adquirir, ahora hace un año, la banca de Inversión Merrill Lynch, señaló que no abonaría compensaciones por la mala gestión de la firma, pero seguidamente distribuyó bonus equivalentes al 12% del valor de compra, unos 5.800 millones de dólares.

Como señaló J.K.Galbraith “controlar el poder corporativo es uno de nuestros mayores retos y dadas sus dimensiones una de nuestras necesidades mas urgentes”

Pero las primas suscitan una segunda preocupación. Aunque los programas de compensación fuesen congruentes con los intereses de los accionistas, pueden favorecer políticas de riesgo que sean socialmente indeseables. No es admisible incentivar la adopción de riesgos excesivos. La mera existencia de estas políticas, incluso respaldadas por los tenedores del capital, justifica y aun hace necesaria la regulación pública, porque sus propietarios no soportan en exclusiva los costes de una posible quiebra de la firma, ni sus consecuencias sistémicas, y tal y como demuestran esta crisis y repetidos ejemplos anteriores, la cuenta acaba siendo pagada, al menos parcialmente, por el contribuyente.

No parece aventurado adelantar algunos criterios que inspirarían el control de este tipo de pagos.

Las retribuciones girarían sobre resultados netos, evitándose objetivos de simple facturación que ignoren los costes inherentes. Observarían una vinculación clara entre retribuciones y resultados a largo plazo, creando un fondo regulador plurianual que registre tanto los créditos por primas devengadas como los débitos por una proporción de las perdidas incurridas, en su caso. Estarían referenciadas al Balance total, representando en conjunto un porcentaje de la remuneración fija o de los beneficios del banco, debiendo clarificarse asimismo los conflictos de intereses, ya que en muchas ocasiones los gestores del riesgo son retribuidos con cargo al mismo fondo de incentivos que aquellos que asumen directamente los riesgos a controlar.

Para terminar, nos enfrentamos aquí a un problema cultural que afecta primariamente al tono y talante de la alta dirección. Parece evidente, a la luz de la experiencia vivida, que las entidades que han sorteado con mayor éxito el temporal financiero son aquellas en las que la rigurosa gestión del riesgo y una prudente política de incentivos han estado estrechamente alineadas.

Por lo demás, una genuina revisión de las remuneraciones bancarias requeriría interpretar otros fundamentos de nuestro modelo económico, no en su estructura, sino en su filosofía, más allá del mero tratamiento de uno de sus síntomas.

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